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Anses: el pago de las jubilaciones de abril se hará de manera desdoblada y el reajuste llevará el ingreso mínimo a $241.283

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) comunicó esta noche que “para no demorar el acceso de los beneficiarios a sus haberes”, en abril abonará los ingresos de manera desd...

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) comunicó esta noche que “para no demorar el acceso de los beneficiarios a sus haberes”, en abril abonará los ingresos de manera desdoblada. En un primer momento, los jubilados y pensionados recibirán sus haberes según el monto cobrado en marzo (y sin el bono). Y un día diferente, dentro del mismo mes de abril, accederán al importe correspondiente al incremento ya dispuesto de 27,39% y al refuerzo de hasta $70.000 (esto último, en caso de corresponder, ya que ese adicional será solo, tal como viene ocurriendo, para quienes tienen los ingresos más bajos).

Según precisó el organismo de la seguridad social, como se aplicará un reajuste de 12,5% -en compensación parcial por la inflación y como parte de la transición hacia el cambio de fórmula-, y otro de 13,24%, en línea con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de febrero, el haber bruto mínimo quedará en $171.283,31. A ese monto se le adicionará el bono de $70.000, con lo cual la cifra total será de $241.283,31.

Además, del comunicado de la Anses surge que la mejora de 27,39% también será aplicada sobre la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que subirá a $137.026,65 y que con el bono totalizará $207.026,65, y para las pensiones no contributivas por vejez o invalidez, que quedarán en $119.898,32, cifra a la que adicionarán $70.000, con lo cual quedará un ingreso de $189.898,32.

El desdoblamiento fue anunciado en medio de un escenario signado por denuncias de despidos de personal del organismo, por parte de sindicatos que están dentro de la dependencia estatal. Pero lo cierto es que las liquidaciones de los haberes ya están listas a esta altura del mes y que, en el caso del bono, todavía está pendiente que se oficialice el decreto correspondiente que establezca su pago, ya que días atrás se emitió uno que, tras la aprobación del DNU y de la promesa de que el refuerzo seguirá siendo de hasta $70.000, quedó desactualizado. Es decir, por un lado, el DNU que establece incrementos fue emitido ya muy avanzado el mes de marzo y, por el otro, aún faltan normativas para completar la liquidación. Por lo tanto, hay razones operativas que llevaron a disponer que el pago se hará en dos momentos diferentes del mes.

Las fechas del primer pago

Según el calendario de pagos difundido por la propia Anses también hoy, pero en horas de la tarde, las jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo serán pagadas entre los días 10 y 23 de abril, en tanto que las prestaciones de monto superior al mínimo se abonarán entre el 24 y el 29, también de este mes. Como siempre, la fecha exacta depende del número de terminación del DNI. En esas fechas, entonces, se abonarán los mismos montos que fueron cobrados en marzo, en tanto que aún no está definido cuándo se accederá a los importes derivados del incremento y al refuerzo en el caso de la mínima. “Próximamente, se informarán los calendarios del pago del aumento y del bono”, sostiene el comunicado oficial.

Concretamente, las fechas del primer tramo de pagos serán las siguientes. Si se trata de una jubilación o pensión mínima o inferior a la mínima: DNI terminado en 0: miércoles 10 de abril; DNI finalizado en 1: jueves 11 de abril; DNI terminado en 2: viernes 12 de abril; DNI finalizado en 3: lunes 15 de abril; DNI terminado en 4: martes 16 de abril; DNI finalizado en 5: miércoles 17 de abril; DNI terminado en 6: jueves 18 de abril; DNI finalizado en 7: viernes 19 de abril; DNI terminado en 8: lunes 22 de abril; DNI finalizado en 9: martes 23 de abril.

Si la prestación es superior a la mínima y el DNI finaliza en 0 o 1, se cobrará el miércoles 24 de abril; si la terminación es en 2 o 3, el jueves 25 de abril; si el DNI termina en 4 o 5, el viernes 26 de abril; si finaliza en 6 o 7 se cobrará el lunes 29 de abril y, finalmente, para quienes tienen documento finalizado en 8 y 9, la fecha de pago será el martes 30 de abril.

Qué pasará en los próximos meses

El organismo también confirmó que, en línea con lo establecido en el DNU publicado en el Boletín Oficial del lunes, en mayo se aplicará una suba según el índice de inflación de marzo y, en junio, un aumento según el avance de los precios de abril.

Tal como ya informó LA NACION, Para ese mismo mes de junio, además de otorgarse un reajuste según la variación del IPC del cuarto mes del año, se comparará lo otorgado en los tres meses con el índice que arroje la fórmula de movilidad de la ley 27.609, que formalmente estará aún vigente. Y, entonces, si ese cálculo da un porcentaje superior al acumulado por las subas de abril, mayo y junio, la Anses abonará lo que corresponda por la diferencia. Si, en cambio, la movilidad de la ley da un índice inferior, no habrá descuentos y los aumentos que se hayan dado seguirán incorporados a los haberes en su totalidad.

A partir de julio ya no estará vigente la fórmula que se utiliza desde 2021 y que está basada en la evolución de los salarios y de la recaudación de impuestos cuya recaudación se destina, parcial o totalmente, al pago de prestaciones de la seguridad social. Las jubilaciones y pensiones del sistema general de la Anses se actualizarán desde entonces mensualmente y por inflación, de manera permanente y ya sin el mecanismo de comparación con el cálculo vigente hasta ahora (eso solo se hará en el segundo trimestre de este año, al cual se lo considera un período de transición o empalme entre una modalidad y otra de reajustes).

El dato de inflación siempre se tomará con dos meses de rezago. En julio se considerará el avance del IPC de mayo, en tanto que en agosto se tomará en cuenta la variación de junio, y así sucesivamente. La razón para que así sea es que, al iniciarse cada mes el calendario de pagos de las prestaciones, no se conoce la variación del índice de precios del período inmediato anterior.

Los bonos y un decreto pendiente

Con respecto al bono para quienes tienen prestaciones más bajas, el DNU 274, conocido el lunes, no especifica nada. Pero el jueves de la semana pasada, solo horas antes de que el Gobierno oficializara su decisión de cambiar la modalidad de las actualizaciones, se publicó en el Boletín Oficial el decreto 268, que define que en abril se pagará una “ayuda económica previsional” de $70.000 a quienes tengan prestaciones previsionales de hasta $134.445,30, que es hasta este mes la cifra equivalente al haber mínimo.

También se estableció que habrá un adicional para quienes cobran ingresos previsionales superiores a $134.445,30 y de hasta $204.445,30, que será de un monto tal que se llegue a completar la segunda cifra. Si no se modificara esa normativa del Poder Ejecutivo, quienes tienen el haber mínimo -que llegará a $171.283 en abril- percibirían un refuerzo, pero ya no de $70.000 como el del mes actual, sino de una cuantía mucho menor, porque se trataría solo del monto necesario para completar los $204.445,30. Y, de esta manera, no habría para esas personas un aumento efectivo en abril.

Dada esa situación, desde el Gobierno se prometió que habrá un nuevo decreto, para garantizar que quienes tienen el haber mínimo perciban un bono de $70.000. En tales casos, como ese adicional será igual al cobrado en marzo (no tendrá la recomposición de 27,39% que sí se le aplicará al haber propiamente dicho), la suba de lo efectivamente percibido por la suma del haber y el bono, será de 18%.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/anses-el-aumento-de-las-jubilaciones-y-el-bono-de-abril-se-pagaran-en-una-fecha-diferente-a-la-del-nid27032024/

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